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Reclaman una pensión vitalicia para un perro que perdió una pata por una piedra

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El caniche de nombre “Coqui”, fue atacado por un empleado de la DPE quien ahora enfrenta una causa por infracción a la Ley 14.346. En pocos días se realizará una audiencia de mediación por daños y perjuicios, más daño moral.

La representante de la Asociación de Funcionarios y Abogados para la Defensa de los Animales (AFADA), Dra. Griselda Engelhard, participará de una audiencia de mediación en representación de un caniche apodado “Coqui”, que perdió una de sus patas traseras luego de ser agredido a piedrazos.

En el mes de abril, Coqui sufrió una fractura cuando un trabajador de la Dirección Provincial de Energía le propinó un piedrazo en una de sus extremidades. Intentando salvarle la pata, el animalito fue intervenido quirúrgicamente, pero finalmente, el miembro debió ser amputado.

A raíz de ello, sus cuidadores radicaron la denuncia penal que tramita en el Juzgado de Instrucción N° 3 a cargo del Dr. Federico Vidal por infracción a la Ley 14.346 de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales. Además, por estos días la Dra. Griselda Engelhard solicitó ser querellante y actor civil en esa causa.

Mientras tanto, en pocos días se celebrará una audiencia en el Centro de Mediación Judicial por daño moral y daños y perjuicios por el mismo hecho.

“En la audiencia voy a estar representando a Coqui, en su carácter de animal. También estará su cuidadora responsable y por el otro lado, está convocada la DPE y el empleado que violentó al perrito”, explicó la Dra. Engelhard.

“Lo interesante de este caso es que se puede abordar desde la cuestión de los daños y perjuicios y el daño moral, por lo que genera que un integrante de la familia sufra esta situación. Pensamos pedirle una especie de pensión vitalicia, porque Coqui requiere de cuidados especiales”, agregó.

La Ley 14.346 establece penas de 15 días a un año al que inflija malos tratos o hiciera víctima de actos de crueldad a los animales. Dicha norma expresamente reconoce a los animales como víctimas, siendo los sujetos pasivos del delito en cuestión.

En 2015 AFADA logró un fallo de la Cámara Federal de Casación, que reconoció jurídicamente como sujetos no humanos, titulares de derechos, a la orangutana Sandra (alojada en el zoológico de Bs. As.) y otros animales no humanos. “A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocer al animal el carácter de sujetos de derecho, pues los sujetos no-humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”, expresó el dictamen.

En el fallo, la Cámara reconoció que “el interés jurídicamente protegido por la ley no es la propiedad de una persona humana o jurídica sino los animales en sí mismos, quienes son titulares de la tutela que establece frente a ciertas conductas humanas… Entonces, se trata reconocerle a Sandra sus propios derechos como parte de la obligación de respeto a la vida y de su dignidad de “ser sintiente”.