Interés General

Los 6 beneficios que se pueden cobrar tras la muerte de un familiar

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene en funcionamiento un programa de “viudez y fallecimiento”, en donde se acompaña a las familias ante el fallecimiento de un jubilado o un trabajador a través de las pensiones. Además contribuye económicamente con los gastos de sepelio por medio de un subsidio de contención familiar.

Dicho programa de la ANSES consta de seis programas diferentes:

Subsidio de contención familiar: luego de la muerte de un jubilado o pensionado, quien se haya hecho cargo de los gastos de sepelio puede conservar el comprobante de pago y solicitar un reintegro al organismo.

Pensión por fallecimiento de un trabajador: los familiares (ya sea cónyuge, conviviente que pueda acreditar cinco años de esta relación, e hijos menores de 18 años que no cobren otra prestación) de un trabajador que al momento de su muerte trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista pueden acceder a una pensión.

Pensión por fallecimiento de un jubilado: al igual que el programa anterior, sus familiares pueden acceder a este beneficio económico.

-En el caso de las pensiones no contributivas, algunas generan derechos para los familiares que dependían de esa prestación (por ejemplo, una madre de 7 hijos).

Solicitud de pensión ante compañía de Seguros de Retiro: ante la muerte del titular de dicho seguro, los derechohabientes deben acreditarse para que les corresponda este beneficio.

En todos los casos la prestación es para el viudo o la viuda de quien haya fallecido, su conviviente (con más de cinco años de conviviencia), un hijo soltero menor de 18 años que no cobre otra prestación, o un hijo incapacitado sin límite de edad y que estuviera a cargo de la persona fallecida.