La Justicia de Tierra del Fuego confirmó la suspensión del ejercicio de la responsabilidad parental a un hombre condenado a cinco años de prisión por agredir a su expareja frente a su hija. El tribunal rechazó su pedido de revinculación, al considerar que implicaría una revictimización de ambas.
La decisión fue tomada por la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones, que ratificó el fallo del Juzgado de Familia y Minoridad Nº 1. Los jueces Francisco Cappellotti, Luciana Gutiérrez y Daniel Satini destacaron que no puede exigirse a la víctima facilitar el contacto con su agresor.
El condenado había solicitado mantener comunicación con la niña desde la prisión, argumentando que su detención no elimina el vínculo parental, y presentó informes que avalaban un acercamiento gradual. Sin embargo, el tribunal resolvió que el interés superior de la menor debe prevalecer, señalando la gravedad del hecho ocurrido frente a ella.
El fallo remarcó que la madre aún padece las secuelas de la violencia y que forzar un vínculo pondría en riesgo su integridad. Aunque se deja abierta la posibilidad de revisiones futuras, por ahora el contacto entre el padre y la hija permanece suspendido para proteger el bienestar de ambas.

