RIO GRANDE

EL MINISTERIO DE SALUD DISPUSO NUEVAS FLEXIBILIZACIONES PARA LA CIUDAD DE RÍO GRANDE

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En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en la ciudad de Río Grande, el Ministerio de Salud bajo recomendación del Comité Operativo de Emergencia y en acuerdo con el Ministerio de Salud de la Nación dispuso una serie de flexibilizaciones que se disponen desde lunes 24 de agosto. Las medidas fueron analizadas también con el Municipio de Río Grande con quien se realizarán controles en conjunto para asegurar el cumplimiento de los protocolos.

Estas nuevas flexibilizaciones fueron pensadas y establecidas en la necesidad de volver paulatinamente a la nueva realidad que plantea la situación de pandemia por COVID-19, puntualizando la necesidad del cuidado sanitario personal y colectivo.

Por eso es que se mantiene que la concurrencia de las personas que requieran algunos de los servicios autorizados o producto en venta será siempre de acuerdo al día por terminación de DNI o patente:

I. Se habilita la modalidad de retiro en local (take away) para ventas en comercios autorizados mediante la normativa vigente, manteniendo el horario de lunes a sábado de 10 a 18 horas y sin apertura de local para atención al público.

II. La misma modalidad se habilita para la venta de productos elaborados en establecimientos gastronómicos, manteniendo el horario de lunes a domingo de 10 a 23 horas.

III. Se amplía el horario de los comercios de proximidad (pequeños comercios barriales del rubro venta de alimentos), pudiendo permanecer abiertos de lunes a domingo de 10 a 20 horas. En el caso del rubro panificación podrán hacerlo de lunes a domingo de 08 a 20 horas.

IV. Desde el próximo lunes está autorizada -de lunes a viernes de 10 a 18 horas- la actividad de los Licenciados en Kinesiología para la realización de prácticas urgentes e impostergables, tales como tratamientos respiratorios de emergencia post covid-19, postquirúrgicos que demande atención inmediata para evitar rigidez, etc., tratamientos neurológicos que deben iniciarse en niños en forma impostergables, atención temprana, rehabilitación neurológica temprana en acv en adultos, postquirúrgicos traumatológicos impostergables y patologías en cuadros agudos.
En todos los casos, se deberá seguir la modalidad de turnos pudiendo concurrir un solo pacientes por vez y dar estricto cumplimiento al protocolo aprobado mediante Resolución M.S. 781/20.
Los pacientes deberán presentar para la circulación constancia del turno que será enviado por cualquier medio electrónico junto a su DNI.

V. Se autoriza -de lunes a viernes de 9 a 13 horas- la actividad de Abogados y Contadores con la concurrencia de clientes mediante el sistema de turnos y dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes. Como en todo lo mencionado el cliente podrá concurrir de acuerdo a la circulación permitida por terminación de DNI o patente.

VI. Desde el lunes se autoriza nuevamente la actividad de cobranza de los locales de tarjetas de crédito, Rapi Pago, Pago Fácil, Western Unión y afines, debiendo dar estricto cumplimiento a los protocolos vigentes. Será de lunes a sábado de 10 a 18 horas.

VII. También se autoriza la reapertura de la actividad de talleres mecánicos, gomerías y agencias de autos, debiendo realizar las tareas con el mínimo de personal necesario, con la concurrencia de clientes mediante el sistema de turnos y dando estricto cumplimiento a los protocolos. Será de lunes a sábados de 10 a 18 horas.

VIII. Se autoriza además, de lunes a sábado de 10 a 18 horas, el inicio de la actividad de Inmobiliarias, debiendo realizar la atención mediante el sistema de turnos siempre que fuera necesario la concurrencia presencial y dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes en materia de COVID-19, caso contrario se realizara de forma virtual. No se podrá concurrir a casas habitadas.