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Reglamentaron la prorroga al subregimen industrial en TDF, los textiles afuera

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El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del decreto que prorrogó el subrégimen industrial de Tierra del Fuego hasta 2038, y tal como temían desde la provincia, se hizo sin convocar a ningún sector político, gremial o empresarial. En el mismo no se incluye al sector textil. 

A través de la Resolución 228/2022 de la Secretaría de Industria de la Nación, publicada este martes en el boletín oficial, el Gobierno nacional reglamentó el decreto de prórroga del subrégimen industrial de Tierra del Fuego. 

Tal como temían desde el Ejecutivo fueguino, esta reglamentación se llevó adelante sin haber convocado a ningún sector político, gremial o empresarial de la provincia, situación que fue alertada en las últimas semanas por el propio gobernador Gustavo Melella. 

Incluso, la preocupación del mandatario se plasmó días atrás en un pedido de reunión urgente con el ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas, aunque oficialmente no obtuvo respuesta. 

Detalles de la reglamentación: En líneas generales, la resolución firmada por el secretario de Industria, Ariel Schale, establece los requisitos y condiciones que se deberán cumplir en la prórroga del subrégimen industrial hasta 2038, entre ellas: 

-Para quedar comprendidas en el Decreto 727, las empresas que contaban con proyectos vigentes al día 23 de octubre de 2021 deberán presentar su solicitud de adhesión hasta el día 24 de abril de 2022 inclusive, ante la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial de la Nación. Si la solicitud de adhesión cumple «satisfactoriamente» el procedimiento establecido en el Artículo 1 de la reglamentación del decreto 727, la Secretaría de Industria de la Nación «emitirá un acto administrativo aprobando o rechazando la solicitud de adhesión al régimen». Para otorgar la prórroga de los derechos y obligaciones del Decreto 727, la Secretaría de Industria nacional tendrá en cuenta «la efectiva realización de aportes al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina y el cumplimiento de las inversiones efectuadas por las empresas adheridas al régimen». 

-La autoridad de aplicación verificará la realización de los aportes mediante consulta al Comité Ejecutivo del FAMP, quien informará «sobre la efectiva integración de los mismos». 

-El valor de los aportes efectuados deberá alcanzar el 15% del total del beneficio obtenido por las empresas en concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la venta de los productos fabricados en la provincia. 

-Para la presentación de nuevos proyectos industriales o la readecuación de proyectos existentes, se analizarán en convocatorias específicas que serán formalizadas por la Secretaría de Industria de la Nación. 

En esas convocatorias tomarán intervención los ministerios de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Desarrollo Productivo así como el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTA) y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. Estas áreas emitirán dictámenes que deberán ser respondidos en un plazo máximo de 30 días. Además, las cámaras y asociaciones sindicales contarán con un plazo de hasta 30 días hábiles administrativos «para emitir su opinión sobre el proyecto presentado». 

«Si no lo hicieran en el plazo estipulado, se considerará cumplido el requisito. Las opiniones de las cámaras y asociaciones sindicales tendrán carácter consultivo, no vinculante», aclara la resolución. 

Una vez incorporados los dictámenes correspondientes y las opiniones de las cámaras y asociaciones sindicales, de corresponder, se emitirá un acto administrativo aprobando o no el pedido de nuevas producciones. 

La resolución no incluye mención alguna al sector textil fueguino, una de las principales preocupaciones del Gobierno y los gremios del sector, cuyos pedidos para garantizar la estabilidad de sus trabajadores no fueron tenidos en cuenta, al menos en la resolución publicada este martes. 
Fuente: Crónicas Fueguinas