Reducción de Ingreso Brutos a las actividades primarias, industria manufactura, construcción y algunas actividades terciarias; diminución de un 0,5% para algunas actividades alcanzadas por el Fondo de Servicios Sociales y tasa 0 para fabricación y distribución de gas por redes, son los ejes centrales de la propuesta elaborada por el Gobierno.
a iniciativa del Poder Ejecutivo, que busca adecuar el régimen impositivo local a las previsiones del consenso fiscal, impulsa reducir entre un 0,5 y un 3,5% las alícuotas sobre Ingresos Brutos a los servicios agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros, la explotación de minas y canteras, la industria manufacturera, servicios de transporte, almacenamiento y comunicaciones, y de manera más restringida a la hotelería y restaurantes.
En el mismo proyecto se establece alícuota cero para la fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por cañería, de manera tal de morigerar el impacto que el incremento de la tarifa de ese servicio ha tenido en el bolsillo de los fueguinos.
Además, se propone reducir al 1% la alícuota adicional que sustenta el “Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales” para la pesca, la explotación de Minas y Canteras; y mantenerla en el 1,5% para el resto de las actividades, a excepción de las actividades agrícola, ganadera, forestal, extracción de turba, para la industria electrónica, textil, química y plástica que seguirán eximidas del pago de esa alícuota.
En tanto que mantiene inalterable, en el 4%, la alícuota adicional para el Fondo de Sostenimiento del Sistema Previsional que alcanza a la intermediación financiera (servicios bancarios, tarjetas de crédito, seguros).
El Poder Ejecutivo informó, oportunamente, que esta readecuación impositiva representará un esfuerzo fiscal del orden de los 500 millones de pesos al año, que tendrá impacto también en los recursos de los municipios por cuanto la recaudación de Ingresos Brutos se coparticipa en un 46%. No así la proveniente de las alícuotas adicionales que nutren los Fondos de Financiamiento de Servicios Sociales y de Sostenimiento del Sistema Previsional, que por su especificidad no son coparticipables.
Menos impuestos para mejorar la actividad económica
Según se sostiene en el mensaje de elevación, el proyecto “esta Administración se propone trazar un sendero de disminución de la presión tributaria global en los tributos que inciden de manera directa sobre la actividad económica, reduciendo de esta manera la distorsión e incidencia del sistema tributario provincial en las actividades económicas y, en consecuencia, en la sociedad en su conjunto al liberarse recursos para ser destinados a la producción y al consumo”. Agrega que la propuesta, ingresado al Parlamento el viernes pasado, “tiene como elemento nuclear el propósito de contribuir a una más equitativa distribución de las cargas fiscales” y “propicia,
por lo tanto, alivianar la carga tributaria del Impuesto que presenta el mayor efecto distorsivo sobre la actividad económica, a saber: el Impuesto sobre los Ingresos Brutos”. Afirma que “de este este modo, al reducirse la presión impositiva que recae sobre dichas actividades económicas se propician los incentivos adecuados para destinar los recursos excedentes a una mayor generación de dicha actividad económica y al crecimiento del empleo; pilares fundamentales de este Gobierno”.
Las actividades beneficiadas
A fines de diciembre del año pasado, tras la adhesión de la Provincia al Consenso Fiscal se dispuso incrementar en un 0,5% la alícuota sobre Ingresos Brutos a la venta y reparación de vehículos y motocicletas, venta de indumentaria y calzado, muebles, aberturas, artículos de ferretería, pintura, productos de limpieza, juguetes, servicios de alojamiento, expendio de comidas y bebidas, y servicios de comunicación, y reducir en igual proporción la que grava los servicios de transporte aéreo.
La nueva modificación propuesta por el Ejecutivo no toca esas alícuotas, sino que avanza en la reducción de la presión impositiva sobre aquellas actividades sobre las que en el consenso fiscal se fijaron alícuotas máximas, que deben además ir reduciéndose en los próximos 4 años.
Así, los servicios agrícolas, pecuarios, forestales, de la construcción, los de transporte, almacenamiento y comunicaciones, los servicios de alojamiento por hora y los prestados en los costos de pesca ven reducida a un 1,5% la alícuota; al 1% la de algunas industrias manufactureras y al 0,5% la de la actividad pesquera y de extracción de minas y canteras, excluida la turba que se mantiene en el 1% y la de hidrocarburos en el 3%. Es de tener en cuenta que sobre algunas de estas actividades pesa, además de la alícuota general la alícuota adicional del 1% del Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales.
Por todo lo expuesto, esta Administración se propone trazar un sendero de disminución de la presión tributaria global en los tributos que inciden de manera directa sobre
la actividad económica, reduciendo de esta manera la distorsión e incidencia del sistema tributario provincial en las actividades económicas y, en consecuencia, en la sociedad en su conjunto al liberarse recursos para ser destinados a la producción y al consumo.
Los límites del consenso fiscal
El acuerdo firmado a mediados de noviembre de 2017 con el Gobierno Nacional estableció, entre otras cuestiones, que las provincias debían aplicar los máximos acordados para las alícuotas de Ingresos Brutos para cada período fiscal, desde 2018 a 2022.
En función de ello, para agricultura, ganadería, pesca y silvicultura se fijó una alícuota máxima del 1,5% para este año y del 0,75% para el próximo, momento a partir del cual esas actividades quedarán exentas del pago del tributo.
Igual criterio se adoptó para la explotación de minas y canteras.
Para la Industria Manufacturera se estableció un 2% para 2018, que se irá reduciendo en un 0,5% anual hasta quedar exenta en 2022.
En el caso de electricidad, gas y agua se pautó un máximo del 5% para este año, que se reducirá al 3,75% en 2019; 2,5% en 2020 y del 1,25% en 2021, para quedar exenta en 2022.
Para la construcción se fijó para este año una alícuota máxima del 3%, del 2,5% para el próximo y del 2% a partir de 2020.
Para el comercio mayorista, minorista y reparaciones no se fijó máximo para 2018, pero sí a partir del 2019 que será del 5%.
Para Hoteles y Restaurantes se estableció para este año un tope del 5%; del 4,5% para 2019 y del 4% a partir 2020.
En Transporte, la máxima es del 3% para el año en curso, del 2% para el próximo y del 1% para el 2020. A partir de 2021 quedará exenta.
Para la actividad de comunicaciones el tope fue establecido en el 5% para 2018. Esa alícuota debe reducirse a razón de 1 punto por año hasta el 3% en 2020. La telefonía tiene un tratamiento diferencial, ya que paras 2018 se fijó una alícuota máxima del 7% que se reducirá a razón de medio punto por año, hasta quedar fijada en el 5% en 2022.
La intermediación financiera no tiene máximo para este año pero sí para el próximo, que es del 5,5% y del 5% a partir de 2020.
Dentro de esta actividad los servicios financieros no tienen tope para 2018. En 2019 el máximo será del 7%, del 6% en 2020 y del 5% 2021 en adelante.
Por su parte los créditos hipotecarios quedaron exentos desde la firma del consenso fiscal.
En el caso de las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler se acordó un máximo del 6% para este año, del 5% para el 2019 y del 4% del 2020 en adelante.
Por último, la actividad de servicios sociales y de salud deben tributar a lo largo de este año un máximo del 5%, que se irá reduciendo en un 0,25% por año hasta llegar al 4% en 2022.
En función de este compromiso, para el 2019 la Provincia deberá nuevamente readecuar su política impositiva.