Regulan la tenencia de perros de trabajo, la norma dictada por la Secretaría de Ambiente apunta a reglamentar las condiciones sanitarias y de vida a las que deben estar sujetos los perros en los centros de montaña y de otros operadores de actividades turísticas, recreativas y deportivas.
A fin de garantizar que los perros de los centros de montaña y de otros operadores de actividades turísticas, recreativas y deportivas cuenten con adecuadas condiciones sanitarias, de alimentación y de bienestar, la Secretaría de Ambiente de la Provincia estableció, en el marco de la ley 1146, los lineamientos que en materia de tenencia deben cumplir los propietarios de los establecimientos que realizan actividades con perros en el área del Valle de Tierra Mayor y la reserva natural y paisajística Valle de los Ríos Olivia y Lasifashaj.
Los responsables de los centros de montaña y otros operadores deberán contar con un médico veterinario, matriculado en la provincia, que será responsable de certificar la sanidad y bienestar de los denominados perros de trabajo.
Antes del inicio de la temporada de trabajo de los perros deberá presentar ante el Instituto Fueguino de Turismo una planilla de aptitud físico-sanitaria. El profesional deberá también garantizar que el centro cumpla con el calendario de desparasitación y de vacunación de los perros establecido por el Departamento de Enfermedades Zoonóticas del Ministerio de Salud.
Todos los perros de más de 90 días de edad deberán estar registrados y debidamente identificados mediante un microchip subcutáneo, cuya provisión e implantación estará a cargo de la Secretaría de Ambiente.
La normativa dictada a fines del pasado mes de marzo, determina, entre otras cuestiones, que los caniles grupales o individuales deberán estar techados, con piso separado del suelo natural, y contar, con al menos, con 3 metros cuadrados por perro y con cercado perimetral, para evitar escapes, el contacto con animales silvestres o personas a su manejo y cuidado.
Se deberá contar también con un espacio adicional destinado a la recreación de los perros y otro destinado a las hembras en celo, cachorros pequeños, animales enfermos o agresivos.
Esta disposición surge casi 4 años después que, en 2018, el encargado del centro invernal valle de Lobos, Walter Cayo, fuera denunciado por la Asociación Civil de Animales “Patitas Tolhuin” por el maltrato de 87 perros alaskanos y siberianos.
Cayo, que había alquilado el centro invernal al propietario Pedro “El Gato” Curuchet, fue proceso por la Justicia.
La causa finalmente no llegó a juico ya se celebró un acuerdo en mediación entre Cayo y Curuchet, en el cual el primero de los nombrados se comprometió a pagar una reparación económica de 960 mil pesos a Curuchet.
Fuente: Crónicas Fueguinas