El tema UBER sigue siendo motivo de polémica. Luego que la jueza correccional Felicitas Maiztegui Marcó declarara inconstitucionales las ordenanzas que prohiben ese servicio, tomó la palabra la jueza de Faltas del Municipio de Ushuaia, Silvina Oyarzún.
La magistrada municipal dejó en claro que “hoy las normativas siguen vigentes por lo que si un inspector detecta la infracción, desde el Juzgado se le dará curso a la sanción”. No obstante, dejó entrever flexibilidad en su postura sobre la plataforma digital: “Si se da la posibilidad de regularla, habría que acomodarse un poco a la realidad”.
Los dichos de la jueza correccional del Distrito Judicial Sur, la abogada Felicitas Maiztegui Marcó, causó la semana pasada una gran conmoción en el ámbito jurídico y municipal al declarar “inconstitucionales” dos ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante de Ushuaia referidas a la prohibición de transportar pasajeros mediante la plataforma digital UBER.
La magistrada dispuso que una veintena de choferes sancionados luego de ser descubiertos por los inspectores municipales, dado que los vehículos que se emplean para la prestación del servicio son particulares y no identificados con ningún tipo de logo o color, fueran eximidos del pago de las multas.
Maiztegui Marcó fundamentó su fallo en la convicción personal de que la prohibición establecida en las ordenanzas 5.284 y 6.214 van contra el “derecho al trabajo” y adelantó que “si el Municipio quiere seguir multando que lo haga, pero yo seguiré fallando como lo he hecho”.
Otra jueza, la titular del Juzgado Municipal de Faltas Silvina Oyarzún recogió el guante y en diálogo con los medios de prensa afirmó con contundencia: “Al día de hoy la norma está vigente, y si un inspector detecta la infracción, el Juzgado dará curso”.
Una vez detectados, los choferes de UBER enfrentan multas de 6 mil UFAs, que significan montos millonarios en pesos.
Si bien en apariencia parecería que ambas juezas están confrontadas en sus conceptos, y coincidirían en un punto en el que Oyarzún deja entrever que a su criterio debería haber cierta flexibilidad en el tema: “El fallo en cuestión invita a que se genere una mesa de trabajo. No sé cómo va a terminar esto, ni si se va a apelar o no. Está la posibilidad que el Municipio lo haga. Hay jurisdicciones que han regulado y otras que no. Cada Municipio del país lo resuelve según su realidad. Si se da la posibilidad de regular, habría que acomodarse un poco a la realidad”.
Oyarzún ratificó que “por el momento las ordenanzas 5.284 y 6.214 están vigentes. Hubo 12 casos en los que se declaró la inconstitucionalidad, pero hay otras causas que están en curso y que terminarán con un pronunciamiento de mi Juzgado porque es mi obligación expedirme, mientras se ve cómo continúa todo y qué hace el Municipio. Ante una ordenanza vigente yo no tengo potestad de declarar su inconstitucionalidad. Sí puedo en cambio atender a todo lo que tenga que ver con humanizar el expediente, ver la situación puntual y determinar la razonabilidad de la pena”.
Sobre el efecto de la medida dispuesta por la jueza provincial, la magistrada municipal opinó que “la vigencia y operatividad de la norma no está afectada. Se resolvió esta situación para casos concretos. Yo tengo cerca de 40 causas por Uber en curso, mientras que ella declaró la inconstitucionalidad de 12 casos. Luego hay que ver las particularidades. Además en todas las causas se fijó el mínimo de la multa. No se fijó ni el máximo en meses de inhabilitación, ni en el monto. Se tuvo en cuenta la situación de cada uno. Hubo inclusive casos de violencia e insultos, pero esto no se reflejó en las causas”.
En cuanto al valor promedio de las multas aplicadas a los choferes de UBER se pudo saber que oscilan en las 6.000 UFAS, unidad de medida que de haber sido calculada en base al valor vigente hasta junio último, de $338 .- ascendería a $2.028.000, mientras que si el cálculo fue a partir de julio, de $726 por UFA, sería de $4.356.000.-
Finalmente y en relación a la apelación al fallo de Maiztegui Marcó que el Municipio adelantó que llevará ante la última instancia de reclamo, el Superior Tribunal de Justicia, Silvina Oyarzún dijo que ese máximo estamento judicial “es el único que puede declarar la inconstitucionalidad de una norma y suspenderla, según dice la Constitución Provincial. Y como el Juzgado de Faltas es un órgano desconcentrado que lleva adelante el procedimiento contravencional y fija las faltas, no contamos con legitimización para apelar. La Municipalidad es quien tiene toda la intención de hacerlo y sé que está analizando el tema”.
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