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Disponen nuevas excepciones dentro de la fase de distanciamiento social en la provincia 

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Ahora los niños y niñas de cuatro años en adelante pueden participar de actividades culturales y talleres en el ámbito privado.  Se permite el inicio de la actividad deportiva en predios, sin público. Se permiten las  actividades del deporte motor en predios habilitados a tal fin, siguiendo un protocolo específico para tal actividad.

En el caso de las actividades deportivas ahora amplía la edad permitida para realizarlas. Ahora los chicos y chicas desde los 4 años asistir a Estudios de Danzas y Artes Escénicas, siempre en el ámbito privado y en el marco de los encuentros esenciales.

La nueva Resolución permite además que se reinicie la actividad deportiva en predio y el deporte motor en predios habilitados a tal fin.

En este último caso, «sólo podrán permanecer los deportistas y el personal de la institución, más el equipo de seguridad necesario para las prácticas deportivas. En ningún momento se permitirá la presencia de espectadores o personas qe no tengan que ver con la actividad y se deberá dar cumplimiento al protocolo para actividades físicas y deportivas».

El protocolo establece una serie de medidas sanitarias rigurosas que se deberá tener en cuenta para el inicio de la actividad, como todas las actividades deportivas autorizadas hasta el momento. En principio, a estos espacios se podrá concurrir diariamente, debiéndose considerar la cantidad de gente permitida en relación a la dimensiones propias de cada lugar.

Entre otros puntos, se deberá tener en cuenta puntos como la ventilación frecuente e higiene del recinto, espacios de circulación y maquinas; Evitar todo tipo de contacto físico, saludos por contacto físico, compartir utensillos personales como botellas de agua, mate, tazas, etc; garantizar el distanciamiento social no menor a 2 mts entre personas.

En el sitio https://www.tierradelfuego.gob.ar/protocolo/ pueden consultarse los protocolos dispuestos tantos para las actividades culturales permitidas (Resolución 864) como las exgencias a cumplir para las actividades deportivas en la provincia (Resolución 833).