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Legislatura: Nueva ley de emergencia habitacional en TDF, será a medida de los empresarios

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La legislatura aprobó la ley que declara a la emergencia habitacional y urbano ambiental por un plazo inicial de 1 año con posibilidad de prórroga por igual plazo en Tierra del Fuego. La norma sancionada difiere del proyecto presentado por el Ejecutivo. 

Aunque se eliminó del proyecto la alícuota sobre Ingresos Brutos del 4% que se pretendía cobrar a los hoteles de 4 y 5 estrellas, para destinar esos recursos a financiar el “fondo de financiamiento del programa de alquiler ciudadano”. 

También se flexibilizó la pretendida prohibición para el otorgamiento por 4 años de nuevos certificados de apto turístico para los emprendimientos denominados alquileres temporarios. 

Sí se mantiene la creación del Programa de Alquiler Ciudadano en el que podrán inscribirse los propietarios de viviendas, y para fomentar la oferta de inmuebles para alquiler permanente se ofrece a los propietarios incentivos fiscales, tales como la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus adicionales por los ingresos obtenidos por el alquiler de vivienda familiar permanente, y del 100% en el Impuesto de Sellos establecido para las locaciones de vivienda única familiar inscriptas en el registro, mientras rija emergencia. 

Se crea en la órbita del Instituto Provincial de la Vivienda y Hábitat el Banco de Tierras Provincial, conformado por los inmuebles pertenecientes al dominio privado del Estado Provincial en su conjunto, aptos para la construcción de viviendas y que no tengan a la fecha de la sanción de la presente un destino específico y se instruye al FOGADEF y al Banco Provincia de Tierra del Fuego a crear un programa para acompañar a los ciudadanos para acceder a un nuevo alquiler o renovar el mismo, ya sea para garantía del alquiler o el pago de los gastos de ingreso a la vivienda. 

Además, en resolución aparte, se solicita al Comité Ejecutivo del Fondo de Ampliación de la Matriz, que afecte un 10% de su recaudación anual, por el término de 4 años, para la adquisición de tierras, construcción de viviendas, o compra de inmuebles destinados a paliar la crisis habitacional; y que además destine otro 5% a la conformación de un fondo que ayude a asistir en el proceso de alquiler y el otorgamiento de garantías. 

FUENTE: CF