justicia

Ramón Abregú continuará detenido hasta 2042

Comparte:

Según explicó el Fiscal Mayor Pablo Bramati para ((La 97)) se rechazó la prescripción de la causa por homicidio y se continuará investigando la evasión.

Ramón Abregú, el hombre que asesinó a su esposa y estuvo prófugo durante 22 años para no cumplir la condena en la cárcel, finalmente no obtuvo la prescripción de la causa por homicidio y según el cómputo realizado por el Juzgado de Ejecución de Río Grande deberá cumplir condena hasta 2042.

Lo que se comunicó antes de ayer por el Juzgado de Ejecución fue que asumía la competencia para ejecutar la condena de 20 años de prisión que se dispuso en ese momento por el Tribunal de Juicio Único de la provincia”, explicó para ((La 97)) Radio Fueguina el Fiscal Mayor Pablo Martin Bramati.

Si bien el trámite de la causa del homicidio se entiende firme y se comenzó a ejecutar, “todavía está en discusión en el ámbito de la evasión sobre la prescripción o no”, detalló el letrado.

Hay dos delitos, por un lado, la condena por el homicidio y, por otro lado, la evasión. En el caso de la condena por homicidio ha quedado firme, no se ha decretado la imprescriptibilidad y debería continuar detenido purgando la pena.

El problema es que para la continuidad de la casa de homicidio, el tribunal avaló la postura de la fiscalía de que mientras no recayera un sobreseimiento definitivo en la causa de evasión, la evasión se puede tomar como acto interruptivo e impedir que se prescriba la causa de homicidio. Lo que se va a plantear en el futuro, si se prescribe la evasión, podría tener una incidencia sobre la causa de homicidio”, expresó el Fiscal Bramati.

En este sentido el Fiscal Mayor indicó que se solicitó a la justicia seguir investigando la evasión para llegar a una condena y, a partir de esta, “dar por sentado que fue interrumpida la prescripción del homicidio y se ejecuten las dos penas”.

La razón por la que Abregú cumplirá condena hasta 2042 se debe al cómputo practicado por la Jueza de Ejecución, que “tiene como primer etapa de iniciación de beneficios varios años en adelante, porque tuvo por contado poco más de un año de detención, con lo que le restan 19 y recién a la mitad de la condena se empiezan a contemplar beneficios”, explicó Bramati.

Sobre si se trata de un caso clave en su resolución para presentar un precedente, el Fiscal Mayor consideró que “más que nada con la evaluación del delito de evasión, porque está dividida la jurisprudencia de quienes defienden que el delito de evasión se consuma en el momento en que uno se fuga pero no se continúa en el tiempo, luego de que no sea habido es una cuestión formal, pero no constituye per se un delito permanente”.

Es un caso trascendente, pero no necesariamente va a modificar la jurisprudencia de manera rotunda”, consideró.

Sigue la duda de si Abregú egresó de la provincia, ni que haya entrado como había dicho su abogado. Aunque en términos prácticos no cambiaría la situación del detenido.

Por último, sobre las probabilidades de que haya habido colaboradores en la fuga del femicida, el Fiscal Mayor Bramati recordó que en su momento se sustanció una causa donde se investigó a las personas que estaban encargadas de su custodia, “pero no llegó a ninguna medida que implicara la imputación concreta hacia alguna persona. No hubo elementos para identificar a responsables”, finalizó señalando.

FUENTE: RF