DISPO: Cuando las condiciones sanitarias más favorables lo permiten, se establece un régimen de DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO En este pueden desarrollarse la mayoría de las actividades económicas y sociales cumpliendo los protocolos sanitarios establecidos por cada jurisdicción.
Es obligatorio mantener la distancia física de dos metros con otras personas, el uso del barbijo, el lavado de manos y la ventilación de ambientes. Están prohibidas las aglomeraciones.