El Gobierno nacional oficializó este sábado la prórroga de las medidas de restricción en todo el país hasta el próximo viernes 9 de julio, según las distintas zonas clasificadas en un «semáforo epidemiológico», para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus y la preocupación por la expansión de las nuevas cepas, en especial la Delta, que tiene mayor contagiosidad y transmisibilidad que las detectadas con anterioridad. Las reuniones sociales siguen prohibidas en Tierra del Fuego las medidas continuaran como se venian desarrollando, con restricciones para circular entre las 01 y las 06 horas.
Así lo dispuso mediante el Decreto de necesidad y urgencia (DNU) 411/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández y la totalidad del gabinete nacional, publicado este sábado en el Boletín Oficial.
El artículo 1 establece que se prorroga el «Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive».
La norma corre vista al Congreso de la Nación y fue prorrogada a la espera de la sanción de la ley que establezca los parámetros para el manejo de la pandemia.
En los considerandos del decreto, el Gobierno nacional se refiere a la preocupación por las nuevas variantes de virus, en especial la Delta, que tiene mayor contagiosidad y transmisibilidad que las detectadas con anterioridad.
En cuanto a la situación epidemiológica actual del país, en los considerandos de la norma se indica que «entre las semanas 15 y 19 se observó un pequeño descenso de casos posiblemente relacionado con las medidas implementadas a partir del 15 de mayo» y que «se registra un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones».
La disminución observada en las últimas semanas a nivel nacional se refleja también en los grandes centros urbanos, indica el DNU, y señala que «en las últimas semanas se comenzó a registrar un descenso en el número de personas internadas».
Semáforo epidemiológico El DNU prorroga la facultad de los gobernadores y del jefe de Gobierno porteño de adoptar determinadas medidas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, a través del denominado «semáforo epidemiológico».
Ese esquema se divide en bajo, mediano y alto riesgo, según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.
Los de bajo riesgo son aquellas jurisdicciones en donde la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea inferior a 50.
Los de riesgo medio son las que el número se ubique entre 50 y 150 y los de alto cuando sea superior a 150. En este lugar se encuentra Tierra del Fuego.
Los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes son considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento.
No obstante, la autoridad sanitaria nacional podrá modificar los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria.
Menos vuelos del exterior: El Gobierno mantendrá el cierre de fronteras para el turismo y la suspensión de los vuelos provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India, países africanos, y Turquía.
Entre las novedades, decidió limitar el ingreso de argentinos y de residentes. Ante el temor por la propagación de la variante Delta, se fijó un cupo máximo de ingreso de 600 pasajeros al día.
Los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires establecerán los lugares en los que quienes ingresen al país entre el 1 de julio y el 31 de agosto deberán realizar la cuarentena. Pese a dar negativo en la prueba realizada al momento del arribo, las personas deberán cumplir con siete días de aislamiento obligatorio en los lugares dispuestos por las autoridades.
“El costo asociado a la estadía en el lugar destinado a realizar la cuarentena deberá ser asumido por la persona que ingresa al país”, se aclaró en la Decisión Administrativa 643/2021. En el caso de violar las medidas dispuestas, “se formularán las pertinentes denuncias penales”.