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Aportes de empresas para obras del Fideicomiso se prorrogaron recién para Enero 2023

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El Gobierno nacional extendió hasta enero del próximo año el plazo para realizar el aporte inicial de capital para la efectiva constitución del fideicomiso que debe administrar el patrimonio del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina, que se constituirá con el aporte mensual obligatorio que deben realizar las empresas que adhieran a la prórroga del subrégimen industrial de la 19.640. 

El Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación resolvió modificar el contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina, para ampliar hasta enero del próximo año el plazo para que realice el aporte inicial de capital para la efectiva constitución del fideicomiso que estará a cargo de BICE Fideicomisos SA. Mediante la Resolución 588/22, dictada el pasado martes 19, se le otorgó al ministerio que conduce Daniel Scioli un plazo máximo de 120 días hábiles, desde suscripta la referida adenda, para que transfiera a Bice Fideicomiso el aporte económico inicial destinado a afrontar los gastos y costos relacionados con la celebración del Contrato de Fideicomiso, constitución y funcionamiento del Fideicomiso. 

Inicialmente, en el contrato original del fideicomiso de administración del FAMP, firmado por el 12 de abril por el entonces ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas, se había establecido que el plazo para concretar el aporte inicial era de 45 días hábiles, contados desde la notificación a Bice Fideicomisos de la apertura de la cuenta fiduciaria. Ese primer plazo venció el 15 de junio, y aun cuando el contrato prevé como condición resolutoria del mismo el incumplimiento en tiempo y forma del aporte inicial, todo parece indicar que el contrato para la administración del Fideicomiso del FAMP sigue plenamente vigente. 

El referido Fideicomiso tiene como objeto la administración del Patrimonio del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina, que se constituye con el aporte que deben realizar las empresas radicadas en la provincia que resuelvan adherir al decreto 727/21, mediante el cual el Gobierno Nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2038 los beneficios del subrégimen industrial de la 19.640. 

Ese aporte mensual obligatorio es “equivalentes al 15 % del beneficio obtenido en concepto de IVA por la venta de los productos que resulten vinculados a los proyectos industriales aprobados en el marco del régimen de la Ley N° 19.640 y sus normas reglamentarias y complementarias”. 

En la resolución 588 no se explican las razones por las que se amplió el plazo para la efectiva constitución y puesta en marcha del fideicomiso. Tal vez ello tenga que ver con la demora en la que incurrieron los ministerios de Desarrollo Productivo y del Interior en designar a los tres Directores que integran el Comité Ejecutivo del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina, lo que recién ocurrió el 26 de junio. 

Otra razón podría estar vinculada con el atraso que se estaría registrando en la aprobación de las solicitudes de adhesión al decreto de prórroga del subrégimen. Si bien extraoficialmente trascendió que todas las empresas habría formalizados las respectivas presentaciones, al día de hoy la única que obtuvo la aprobación por parte de la Secretaría de Industria del Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación fue Brightstar fueguina. 

El pasado martes 5 de julio, la Secretaría de Industria aprobó la solicitud de adhesión al decreto 727/21 presentada por Brightstar fueguina el 21 de abril, para poder seguir produciendo en la planta que tiene en la ciudad de Río Grande “equipos de radiocomunicaciones celulares móviles” (teléfonos celulares), “máquinas automáticas para el tratamiento o procesamiento de datos portátiles” (notebook y netbook) y “máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales y portátiles, que cuenten con una unidad de proceso, sin teclado, con entrada y salida de datos combinadas a través de una pantalla” (Tablet “PC”). 

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