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Polémica con privados por el feriado provincial del viernes 25

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El feriado provincial del próximo 25 de noviembre, desato una polémica, luego que desde la Cámara de Comercio, indicaron el mismo es «optativo». Pero desde el Gobierno de Tierra del Fuego, fueron tajantes: es feriado y alcanza a los organismos públicos y privados. 

Por un lado la Cámara de Comercio de Río Grande dio a conocer un comunicado en el que advierte que el empleados «puede optar por adherirse o no al llamado feriado provincial, ya que se trata de un asueto administrativo limitado al sector público». 

Desde el Centro de Empleados de Comercio, cuyo secretario general, Eusebio Barrios, informó que el viernes 25 de noviembre es feriado provincial y que por ende debe pagarse por doble partida la jornada trabajada. 

En tanto en dialogo con Radio Fueguina el secretario de Legal y Técnica del Gobierno Provincial, José Capdevilla, despejó todo tipo dudas vinculadas a la aplicación del nuevo feriado. «Es feriado provincial instituido por ley», sostuvo, y ratificó: «Es feriado, con el alcance de los feriados y es para todos, si fuese solo para la administración sería asueto administrativo». «Es lo que fija la ley, no es que el Gobierno o el sector privado puede hacer lo contrario», resaltó. 

El comunicado completo de la Cámara de Comercio: Ante consultas de asociados referidas al feriado administrativo por el “DÍA DEL GENOCIDIO SELK´NAM, EN MEMORIA AL PUEBLO SELK´NAM Y A QUIENES FUERON VÍCTIMAS DEL GENOCIDIO DE SAN SEBASTIÁN OCURRIDO EL 25 DE NOVIEMBRE DE 1886.” desde la Cámara de Comercio Industria y la Producción de Río Grande, informamos a nuestros socios que dicho asueto del 25 de noviembre deviene de una Ley Provincial N° 29 que en su artículo 2° fuera modificada por Ley N° 1389 de fecha 25/11/2021; que en su Art.2 cita “declarase duelo provincial con banderas izadas e instituyese feriado provincial permanente en memoria de la fecha instituida”. 

En línea con esto último aclaramos además que el empleador puede optar por adherirse o no al llamado “feriado provincial” del 25/11, ya que se trata de un asueto administrativo limitado al sector público. 

Por lo tanto, en caso de tomar la decisión de trabajarlo no deberá pagar ningún recargo, condición que sí aplica en los feriados nacionales que imponen un 100 % del salario de acuerdo a lo que establece el Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Comisión Directiva CCIP RG 14/11/2022 

cronicasfueguinas.