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Tribunal absolvio a dos sujetos a pesar de las pruebas por un mal procedimiento

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El Tribunal Oral de la Justicia Federal de Ushuaia, declaro la nulidad de una causa por drogas por mal procedimiento y los dos imputados quedaron absueltos. Los procedimientos fueron realizados el pasado mes de abril siendo imputados dos sujetos tras el secuestro de 27 plantas de cannabis, más de medio kilo de flores, un arma, pesos y dólares (VER). 

El Tribunal anuló todo lo actuado al sostener que los procedimientos no estuvieron bien fundados, a pesar de su resultado exitoso. El fallo lo emitió en los últimos días el Tribunal Oral Federal de Ushuaia al analizar una causa que llegaba desde Río Grande, en la que desde abril pasado estaban imputados; Carlos Kiverling y Cristian Damián Torres

La decisión firmada por el presidente del tribunal, el Juez Luis Giménez, sostuvo que los allanamientos nunca debieron ser ordenados por la jueza de primera instancia, la jueza federal de Río Grande Mariel Borruto, aseverando que con los elementos de prueba que había no se podía “verificar si con los elementos con los que se contaba resultaba razonable invadir la privacidad del domicilio del imputado”. 

En ese sentido la labor de inteligencia de la Policía había iniciado a partir de un llamado anónimo dando cuenta de la comercialización de drogas desde el domicilio de Kiverling en Chacra IV, donde los efectivos observaron ventanas con una cortina de lo que aparentaba ser un nylon negro “obstruyendo la visión al interior del domicilio”. Misma situación observada en la casa de Torres. 

Asimismo los seguimientos daban cuenta de varios encuentros en la vía pública de ambos sujetos a modo de “pasamanos”, sin mayores precisiones por lo que el juez entiende no estaba probado se tratara de comercialización de estupefacientes. Consideró estos episodios como “un movimiento ambiguo”. Incluso revisaron la basura del imputado constatando la existencia de colillas de porros de marihuana, lo que denotaba “consumo pero no comercialización”, sintetizó el análisis del juez. 

“No se verificaron circunstancias que permitan dar sustento a una actividad comercializadora por parte del imputado que justifiquen la intromisión en la inviolabilidad del domicilio”, dijo el magistrado considerando nulo todo lo actuado a partir del allanamiento, que pese a su saldo positivo, al dictarse la nulidad derivó en el inmediato sobreseimiento de ambos imputados. 

Fuente Cronicas Fueguinas